Invitan a la comunidad a fiscalizar propaganda electoral: ¿Qué está permitido y qué no?

24 Septiembre 2021
Este miércoles comenzó el proceso ante las elecciones del 21 de noviembre.
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A una campaña de fiscalización de la propaganda política invitó la directora del Servicio Electoral (Servel) de Atacama, María Isabel Barón, al iniciar este proceso que se extenderá hasta el 18 de noviembre.

La autoridad señaló a Nostálgica que "el periodo comenzó para todos aquellos aspirantes que tienen visadas sus candidaturas, se puede realizar a través de la prensa, radio, redes sociales y por brigadistas activistas en avenidas públicas, pero quienes no cumplan con el plazo establecido será sancionado".

Asimismo, agregó que "los ciudadanos pueden realizar sus denuncias ante una infracción a la ley de propaganda electoral, a través de la página web del Servel, con dichas pruebas".

¿Qué está permitido y qué no?

Alejandro Gómez, coordinador general del Centro de Educación Ciudadana de la Universidad San Sebastián (CECUSS) revisa las normas estipuladas por el Servicio Electoral y que todo candidato debe -o debería- conocer. 

  • Desde el 22 de septiembre se inicia período de propaganda electoral por medio de prensa y radio emisoras y a través de activistas o brigadistas en la vía pública.
  • Estos últimos pueden portar banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura. Además, pueden entregar material impreso u otro tipo de objetos informativos.
  • Se incluye la propaganda contratada en redes sociales.
  • Además las autoridades públicas que realicen inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público, deberán cursar invitaciones por escrito a tales eventos a todos los candidatos del respectivo territorio electoral.
  • El 22 de octubre comienza la exhibición de la franja electoral televisiva .

Lo que está prohibido

No se puede realizar propaganda electoral en ninguno de los siguientes medios

  • Cines y salas de exhibición de videos.
  • Mediante aeronaves o cualquier otro tipo de elementos de desplazamiento en el espacio aéreo.
  • En vehículos de transporte de pasajeros, paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de Metro, o postes del alumbrado, del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza.
  • Fuera de la franja regulada en la ley, se prohíbe la propaganda electoral en canales de televisión de libre recepción y servicios limitados de televisión.