Convenio entre Tesorería y Sernageomin: Multas por cierre de faenas mineras irán a fondo de gestión ambiental

13 Octubre 2014

El convenio permite el control de los pagos y la cobranza judicial a empresas mineras infractoras, y garantiza la distinción de los recursos destinados a la gestión de cierre de faenas.

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La Tesorería General de la República y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) firmaron un convenio de colaboración para el trabajo conjunto sobre el control y cobro de multas que el Sernageomin imponga a las empresas reguladas por los Reglamentos de Seguridad Minera y por la Ley 20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

Según el acuerdo suscrito, la Tesorería se obliga a recaudar y efectuar la cobranza judicial y administrativa de las multas a beneficio fiscal impuestas por Sernageomin; recaudar a través del Portal de Pagos del Estado que dispone Tesorería, los productos y/o servicios que Sernageomin obtenga en el ejercicio de sus funciones, y que constituyen ingresos propios. Entre dichos productos se encuentran las multas establecidas en la Ley 20.551, respecto de las cuales Tesorería no podrá efectuar acciones de cobro por no estar establecidos a beneficio fiscal.

Este tipo de convenio con los órganos fiscalizadores es importante porque nuestro quehacer es precisamente recaudar los impuestos fiscales y también los cobros administrativos. La Tesorería está a disposición de las distintas instituciones del Estado de Chile, y justamente lo que persigue es que las instituciones trabajen de forma mancomunada para hacer efectivo el fiel cumplimiento de las sanciones administrativas a través de nuestra recaudación y cobro”, indicó el Tesorero General de la República, Hernán Frigolett.

Añadió que “en este caso además estamos cooperando con el Sernageomin para fortalecer la sustentabilidad de las explotaciones mineras, que tiene que ver con el Fondo de Cierre de Faena, que es una ley que se ha tramitado durante largo tiempo y que va en directo beneficio del acervo natural que tiene el país y las condiciones de explotación que garantizan que efectivamente no se va a crear externalidades negativas sobre otras actividades importantes para el desarrollo económico de las regiones y del país”.

Por su parte, el director de Sernageomin, Rodrigo Alvarez, indicó que el convenio hace posible el seguimiento a los cobros por infracciones a la Ley de Cierre de Faenas Mineras, que está vigente desde el año 2012, y que el próximo 11 de noviembre inicia una fase crucial sobre los planes de cierre con valorizaciones económicas que deben presentar las empresas mineras. Además en el caso de esta ley, precisó que “se trata de dineros que van a un fondo especial para resguardo adicional a las obligaciones económicas de las empresas, con el objetivo de asegurar la debida estabilización, química y física, de las faenas abandonadas”.

El convenio entre Sernageomin y la Tesorería establece la creación de un formulario único, mediante el cual se podrá controlar el pago de las multas a beneficio fiscal por concepto de infracción a los Reglamentos de Seguridad Minera, y también facilitar las cobranzas administrativas que lleva a cabo la Tesorería.

En el caso de las infracciones al Reglamento de Seguridad Minera, las multas siguen siendo depositadas en la Cuenta Única Tributaria, pero en el caso de las multas por infracciones a la Ley de Cierre de Faenas, la recaudación irá a una cuenta de RUT de Sernageomin, con la finalidad de nutrir el fondo establecido en el artículo 55 de la Ley 20.551, con el que el Estado va a disponer de recursos especiales para atender el cierre de las faenas en la fase posterior a la explotación.

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