Las tres R que no debes confundir: renegociar, repactar y refinanciar

Las tres R que no debes confundir: renegociar, repactar y refinanciar

05 Agosto 2020

Estas palabras parecen similares, pero no lo son y es fundamental conocer sus diferencias. 

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El COVID-19 genera preocupación y mucha incertidumbre sobre el futuro. Esta pandemia no sólo amenaza la salud, sino que también la economía local y el bolsillo de las personas.

En este periodo de crisis pueden surgir problemas para cumplir con el pago de las deudas y es fundamental buscar alternativas para ayudarnos. ¿Has escuchado hablar de la posibilidad de renegociar, refinanciar o repactar? ¿Sabes cuál es la diferencia entre estas tres palabras?

“Pueden parecer lo mismo, pero estos tres conceptos son distintos y es muy importante conocer en qué consiste cada uno, porque si te confundes puedes terminar pagando de más”, explica Ricardo Ibáñez, abogado y fundador de Defensadeudores.cl.

1-Renegociar: Es una propuesta de pago que presenta el deudor ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), quien actuará como órgano intermediario entre el deudor y sus acreedores. Es un procedimiento gratuito y es para personas naturales, es decir, excluye a empresas (personas jurídicas).

“Se pueden lograr nuevas y mejores condiciones de pago para que la persona pueda asumir sus compromisos financieros. Incluso, optar a la condonación de intereses y de parte del capital adeudado”, señala Ibáñez.

2. Repactar: Es un acuerdo directo al que llega voluntariamente el acreedor con el deudor. Cuando se recurre a esta alternativa se busca tener nuevas condiciones de pago que permitan cumplir con las obligaciones financieras.

Se generan nuevas, pero peores condiciones de pago, porque aumenta el capital adeudado, sube la tasa de interés y se extienden los meses para cumplir con el pago de la deuda.

“Las personas muchas veces recurren a la repactación por desconocimiento y también por temor, porque empiezan a recibir llamados de cobranza y amenazas de embargo”, dice el abogado de Defensadeudores.cl.

3. Refinanciar: Implica pedir un crédito para que el monto solicitado cubra todas las deudas que se mantienen con diferentes acreedores, es decir, pedir un nuevo crédito para financiar otros créditos.

“Se le conoce popularmente como una compra de cartera: un banco me compra las deudas que tengo con diferentes entidades financieras”, explica Ibáñez.

El propósito es asumir una obligación sólo con una entidad, con una tasa de interés y gasto de administración, en un plazo y monto de cuota adecuado para mi bolsillo.

Se debe tener en cuenta que se podrá rebajar el monto de la cuota mensual a pagar, pero también que se extenderán los plazos de pago y los intereses podrían aumentar.