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Aguas Chañar lamentó situación con vecinos de población Manuel Rodríguez y aseguró que no apelará a la Corte Suprema

04 Noviembre 2016

De igual forma la empresa señaló que no está de acuerdo con el fallo.

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El pasado miércoles 23 de octubre, la Corte de Apelaciones de Copiapó, acogió el recurso de protección interpuesto por vecinos de la población Manuel Rodríguez, por afloramientos de agua que han afectado a sus viviendas, y ordenó a Aguas Chañar realizar en el plazo de un mes una serie de estudios de medidas de mitigación y reparo. 

Ante lo ocurrido Aguas Chañar declaró que la empresa “ha estado dedicada todo este tiempo en la realización de trabajos tendientes a superar y mitigar los efectos producidos en las casas afectadas de la Población Manuel Rodríguez tras la fuga de agua potable de una matriz emplazada en el sector. En este sentido, nuestra compañía ha realizado trabajos tales como la construcción de un dren para evacuar el agua del subsuelo saturado hacia una piscina de evacuación de aguas lluvias, todo ello complementado con monitoreo permanente de las redes de agua potable en búsqueda de fugas y el diagnóstico estructural que fuera requerido para el sistema de regulación de estanques. Asimismo, y ante el grado de vulneración de personas afectadas, se dispuso el traslado de una familia a un Hotel por el tiempo que fuera necesario”.

Del mismo modo indicaron que “sin perjuicio de no concordar con la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó, en atención a que estimamos que las consideraciones tenidas en vista al fallar no logran sostener lo resuelto, Aguas Chañar S.A. con el sólo objeto de dar tranquilidad a la población afectada, y sin que ello signifique reconocer responsabilidad en los hechos ocurridos, ha decidido no apelar la sentencia que acoge el recurso de protección, de manera que realizará todas los estudios decretados”.

Vea También: Vecinos de población Manuel Rodríguez celebran: Obligan a Aguas Chañar a realizar estudios por filtraciones

Así mismo señalaron que “en efecto, para la procedencia de la acción de protección se requiere la concurrencia de un comportamiento, por acción u omisión, contrario a derecho, expresado bajo las modalidades de ilegalidad o arbitrariedad y que de ellos se siga como consecuencia la privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías fundamentales. Según se dijo en la sentencia, los actos que aparecen como ilegales o arbitrarios consistirían en la supuesta falta de un correcto plan de acción frente a eventualidades de ruptura de cañerías y/o matrices, la supuesta falta de un correcto plan para mitigar la ocurrencia de eventos similares, entre otros, todos los cuales no son compartidos en absoluto por nuestra empresa más aún si consideramos que la Superintendencia de Servicios Sanitarios ( autoridad fiscalizadora) nada ha sancionado al respecto por considerarse que los hechos acontecidos no son contrarios a derecho”.

Fueron enfáticos en indicar que “en definitiva, la empresa no está de acuerdo con el fallo toda vez que los antecedentes aportados por las partes y los que ha hecho acompañar el tribunal, principalmente las inspecciones practicadas, ponderados conforme a las reglas de la sana crítica, no son suficientes para acreditar en esta sede cautelar que la empresa haya desplegado una conducta arbitraria o ilegal, puesto que más allá de las supuestas deficiencias en el manejo de las instalaciones, se ha establecido – en el propio informe evacuado por los expertos que asistieron a la inspección ocular- que un factor importante que ayuda en la saturación de los terrenos es el agua servida de las viviendas colindantes a la quebrada, dejando de lado las filtraciones de los estanques las que al ser menores no podrían haber saturado los terrenos por su escaso caudal, teniendo en cuenta – además - que su escurrimiento natural es por debajo de la cota de las viviendas.

Finalmente mencionaron que “Aguas Chañar lamenta la situación que actualmente están viviendo estas familias del sector y asegura que seguirá trabajando para poder dar una pronta solución al problema que los aqueja. Como empresa, nos rigen principios éticos y nuestro foco está puesto en mejorar el servicio a nuestros clientes”.  

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