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Diputada Cicardini solicita sanciones a empleadores por no pago de cotizaciones

11 Noviembre 2014

Parlamentaria es una de las impulsoras de proyecto de ley que modifica normativa vigente para endurecer y fijar claramente las sanciones a las que se exponen los empleadores que incumplen este deber

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La diputada (PS) por el quinto distrito, Daniella Cicardini, fue una de las impulsoras de un proyecto de ley presentado por parlamentarios de la Nueva Mayoría e independientes, que busca endurecer las sanciones vigentes para aquellos empleadores que no paguen oportunamente las cotizaciones previsionales de sus trabajadores

El documento se hace cargo de los resultados del Informe de Deuda Previsional elaborado por la Superintendencia de Pensiones en diciembre del año 2013, y dados a conocer la semana pasada, los cuales arrojaron que hoy en el país existen más de 1 millón 800 mil trabajadores con sus cotizaciones impagas.

Según explicó la diputada Cicardini, “el objetivo del proyecto es establecer un nuevo delito en esta materia y definir claramente las sanciones a las que se exponen los empleadores, ya que la normativa actual es ambigua y deja espacio para disminuir las penas o que se declaren las cotizaciones pero no se cancelen en la realidad, y otros abusos hacia los trabajadores a nivel del país y por supuesto en nuestra región de Atacama”, indicó.

La parlamentaria agregó que dicha práctica “es un claro perjuicio para sus empleados porque no solo se pone en riesgo o perjudica en sus futuras pensiones y jubilaciones, sino también en aspectos fundamentales relacionados con la propia salud de las personas, por lo que me parece fundamental el dejar establecido que las cotizaciones de los trabajadores son intocables”, subrayó.

Específicamente, el texto del proyecto patrocinado por la diputada junto a otros parlamentarios, establece que el empleador que no complete el pago de las cotizaciones previsionales o de seguridad social, habiendo descontado su valor de la remuneración del trabajador, “será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a presidio menor en su grado máximo. Quedará exento de responsabilidad penal el que regularice su situación de pago ante la respectiva institución previsional antes del inicio del procedimiento penal”.

No obstante, el documento establece al mismo tiempo un incentivo para el reintegro de los fondos adeudados a los trabajadores, permitiendo una exención de la penalización antes señalada, para los empleadores que hagan traspaso efectivo de los recursos previo al inicio de ñas acciones judiciales respectivas.

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