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Superintendencia de Educación: “Todos los establecimientos deben contar con un Protocolo de actuación de accidentes escolares en su reglamento Interno”

22 Octubre 2014

La Directora regional, Marggie Muñoz se refirió al lamentable fallecimiento de una menor que cursaba tercero básico en el Liceo Católico.

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Nos sumamos al dolor de la comunidad educativa del Liceo Católico Atacama y de su familia”, afirmó Marggie Muñoz, Directora Regional de la Superintendencia de Educación Escolar de Atacama, frente al fallecimiento de la menor perteneciente a este establecimiento, ocurrida en estas últimas horas.

En razón de las competencias propias de esta Superintendencia, se ha dispuesto una visita de fiscalización inmediata para verificar que el establecimiento cuente con el protocolo de atención de accidentes escolares y que haya sido aplicado en forma oportuna y eficiente”, afirmó la Directora.

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Todos los establecimientos educacionales deben contar con un protocolo de actuación en su reglamento interno. Es preciso recordar que el colegio es el responsable de abordar de manera planificada y coordinada la atención del accidente escolar. Para ello debe contar con el protocolo antes mencionado que establezca de manera anticipada las acciones, oportunidad y responsable de la realización de ellas. Asimismo este protocolo debe ser ampliamente difundido a toda la comunidad educativa.

Se sugiere que el Protocolo cuente a lo menos con las siguientes menciones: Individualización del responsable de otorgar las primeras atenciones al accidentado (a); Oportunidad en que el Director del establecimiento levantará el Acta del Seguro Escolar, para que el alumno (a) sea beneficiario de dicha atención financiada por el Estado; Identificación del centro asistencia más cercano y redes de atención en general, tales como carabineros, bomberos, seguridad ciudadana, entre otros; Identificación de los estudiantes que cuenten con seguros privados de atención; Individualización del o los responsables de trasladar al estudiante a un centro asistencial, si fuere necesario: identificación del encargado del colegio de comunicar a los padres o apoderados de la ocurrencia del accidente; Mantener el registro actualizado de los padres o apoderados con sus números telefónicos y correos electrónicos, debidamente actualizados para informar la ocurrencia de un accidente escolar; y cualquier otra acción o dispositivo que permita atender de mejor manera a un estudiante víctima de un accidente escolar.

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