En estos últimos días el TC ha estado en el centro de la polémica. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre este órgano del Estado.
La Ley de Inclusión, a pesar de haber sido aprobada por ambas Cámaras del Congreso Nacional, todavía no ha sido promulgada. La razón es que diversas personas, entre ellas 10 senadores de la UDI, presentaron un recurso de inconstitucionalidad, para impugnar algunas de sus normas, por lo que la Ley debe pasar antes por el Tribunal Constitucional.
Durante estos días, y por un plazo indefinido, el Tribunal Constitucional (TC) revisará la iniciativa legal para revisar posibles normativas reñidas con la Constitución.
Pero, ¿qué es el TC y cuáles son sus funciones? Te lo explicamos:
El Tribunal Constitucional es un órgano del Estado, independiente y autónomo, cuya función, entre otras, es velar por la constitucionalidad de las leyes y decretos. El TC asegura que cualquier normativa que se dicte se enmarque en los límites constitucionales.
Es un tribunal colegiado compuesto por 10 miembros, llamados Ministros, uno de los cuales es su Presidente. Los Ministros se nombran de la siguiente manera: a) tres designados por el Presidente de la República, b) cuatro elegidos por el Congreso Nacional y c) tres elegidos por la Corte Suprema en una votación secreta que se celebrará en sesión especialmente convocada para tal efecto.
Los Ministros duran 9 años en sus funciones y se renuevan por parcialidades cada 3 años. Son inamovibles en sus cargos, siendo incompatible que puedan ejercer como diputado o senador.
El TC sólo puede ejercer su jurisdicción a requerimiento de las personas y/o de los órganos constitucionales legitimados (Congreso, Ejecutivo, etc.), o bien de oficio, es decir por iniciativa propia en casos determinados.
Las principales atribuciones del TC son:
Historia
El TC se creó por ley el año 1970, al alero de la Constitución de 1925. Fue disuelto en los inicios de la dictadura, el año 1973, por decreto emanado de la Junta Militar de Gobierno.
Fue repuesto en la Constitución de 1980, y modificado en forma sustancial, mediante la reforma constitucional de 2005. Esta reforma le entregó al TC mayores funciones, siguiendo los modelos de otros países y la opinión de expertos, cambiando la forma de nombrar a los Ministros, quitando toda injerencia a las Fuerzas Armadas y al Consejo Nacional de Seguridad Nacional (Cosena), asegurando con esto la profesionalización del TC y su objetividad.
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