Proyectos de inversión: Judicialización y cómo generamos valor compartido

Proyectos de inversión: Judicialización y cómo generamos valor compartido

08 Noviembre 2012

La así llamada judicialización, muestra que en varios casos a nuestros inversionistas les ha faltado la audacia y  la originalidad  que muestran habitualmente para desarrollar su industria y llevar adelante complejos negocios.

Casa de la Paz >
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Por Pablo Valenzuela.

En el último tiempo se ha levantado una fuerte crítica hacia la judicialización de los grandes proyectos de inversión. Se ha señalado que este hecho pudiera desincentivar la inversión, puesto que genera incertidumbre sobre el desarrollo de los proyectos y altos costos para los inversionistas. Sin embargo, no se ha hecho un análisis de las consecuencias positivas que tienen estos procesos, como también no vemos esfuerzos mayores, que sean concretos y conocidos de mejorar las causas basales que los producen.

Por  judicialización de los proyectos de inversión se ha entendido el fenómeno donde el proceso de aprobación, calificación ambiental, o consulta indígena de una iniciativa , es llevada ante el Poder Judicial, por lo general mediante la presentación de un recurso de protección, porque alguno de los interesados considera que se ha infringido alguna de las garantías constitucionales de la cual es sujeto: a saber: igualdad ante la ley, derecho a la salud, derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, entre otros.

Observado el fenómeno puro, llama la atención que el término judicialización, como ha sido usado, expresa una connotación negativa, principalmente de exceso o de irregularidad.  En nuestra opinión la judicialización tiene también aspectos positivos que vale la pena tener en cuenta.

En primer lugar, podría hablar de una comunidad que conoce de mejor manera sus derechos y que a la hora de defenderlos prefiere las vías formales. Esto siempre en un Estado de Derecho va a  ser valorado y querido, toda vez que muestra conocimiento y conciencia ciudadana.

En segundo lugar, podría también expresar que en medio de una crisis de confianza como en la que estamos, comunidades en conflicto o que sienten ofendidos o menoscabados sus derechos, aún ven en el poder judicial una vía legitima y confiable para resolver este conflicto y restablecer el imperio de lo que, en percepción de ellos, es justo.

En tercer lugar, es la prueba patente que uno de los derechos fundamentales de una institucionalidad democrática y participativa, que es el derecho a reclamo,  goza de buena salud. Sin reclamo efectivo, y nada mejor para probarlo que el ejercicio de la población de ese derecho, cualquier consagración de otro en materia ambiental y de participación ciudadana no sirve o al menos queda en duda.

Por supuesto que uno puede entender, que desde la perspectiva del inversionista, la judicialización representa un problema. Ello puesto que le da cierta incertidumbre al negocio, puesto que, pongámonos en el caso: yo puedo cumplir con los requerimientos que me hace la autoridad administrativa y ejecutiva, y, no obstante ello, puedo correr el riesgo de que el proyecto no se realice o se atrase porque, a juicio de los tribunales, los estándares que me exigió la autoridad encargada de aprobarlo administrativamente, están por debajo de los estándares que los derechos de las personas afectadas por ese proceso de calificación o consulta exigen. Ello incide  directamente en la fecha desde la cual puedo empezar a generar, producir o explotar y por lo tanto, afecta toda la estrategia y modelo de negocio a desarrollar.

Observando desde esta perspectiva y buscando una mirada al largo plazo, podemos encontrar otros dos asuntos que afloran desde esta “judicialización.”

El primero es que la legislación, y la institucionalidad que ésta constituye y establece, no nos conforman y satisfacen, puesto que no da pacificas y sustentables respuestas cuando en ella se encuentran intereses legítimos, pero contradictorios.

La comunidad especialmente ve como esa institucionalidad no los toma en cuenta de manera suficiente para proteger sus derechos constitucionales, y por lo tanto más esenciales. Pareciera que  al momento de aprobar proyectos de inversión que sostienen nuestro modelo de desarrollo, las metas sectoriales o de ese desarrollo se siguen imponiendo, especialmente si uno atiende los últimos fallos.

Proyectos que por lo demás cambian por completo los sistemas de vida de quienes tienen la fortuna o desventura de quedar en su vecindad, sin que esos vecinos puedan incidir realmente en su diseño y desarrollo.

Asimismo, la así llamada judicialización, muestra que en varios casos a nuestros inversionistas les ha faltado la audacia y  la originalidad  que muestran habitualmente para desarrollar su industria y llevar adelante complejos negocios, para poder construir y abordar procesos de diálogo, entendimiento y beneficio mutuo que les permitan desarrollar  un asentamiento y desarrollo de su proyecto de manera que sintonice con la vocación del territorio que comprenden y poseen los futuros vecinos de ese proyecto.

Si hubieran puesto esa capacidad que muestran en otras áreas en el proceso de articulación para construir procesos de gobernanza territorial, de seguro que estaríamos viendo menos proyectos en el poder judicial y más en publicaciones que destaquen como esas grandes inversiones generan impacto colectivo y valor compartido en las localidades donde co habitan con personas que hasta ahora, los ven más como un problema que como una oportunidad.