Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó solicitud de sobreseimiento del suspendido Alcalde de Tierra Amarilla

Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó solicitud de sobreseimiento del suspendido Alcalde de Tierra Amarilla

08 Mayo 2020

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, desestimó la acción deducida al no acreditarse las causales de sobreseimiento definitivo y temporal invocadas por la defensa de Osvaldo Delgado.

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La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la resolución del Juzgado de Garantía, que rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo o temporal del suspendido alcalde de Tierra Amarilla Osvaldo Delgado Quevedo, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de fraude al fisco.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, desestimó la acción deducida al no acreditarse las causales de sobreseimiento definitivo y temporal invocadas por la defensa de Delgado Quevedo.

La resolución establece que “existe una evidente controversia respecto de si los viajes se encuentran justificados desde el punto de vista de los fines públicos que envolvían las responsabilidades funcionarias del imputado, o si, por el contrario, importaron un fraude al erario municipal para financiar viajes de mero placer, cuestión que sólo toca definir al tribunal que conozca del juicio oral, de acuerdo a la prueba que los intervinientes rindan”.

El fallo plantea que “esta Corte tampoco estima que los acusadores estén invadiendo un ámbito de competencia exclusiva de la Contraloría General de la República al calificar los hechos perseguidos como constitutivos del delito de fraude al Fisco, por cuanto ello precisamente cabe dentro de las competencias que el ordenamiento jurídico les ha conferido y porque además la responsabilidad criminal que eventualmente pudiera establecerse en estos autos es independiente de aquella administrativa o civil que pueda declarar el órgano contralor en el marco de sus atribuciones”.

La resolución añade que, por tal motivo, “resulta forzoso concluir que en la especie la defensa no ha logrado acreditar que exista dicho vínculo de absoluta dependencia entre los resultados del juicio de cuentas que se encuentra pendiente ante la Contraloría General de la República y los eventuales resultados del juzgamiento penal de autos. Por el contrario, las acusaciones que se han deducido en estos antecedentes dan cuenta de hechos que de ser debidamente probados, con independencia de lo que resuelva el órgano contralor, pueden llegar a dar lugar a una sentencia condenatoria, precisamente por corresponder a elementos fácticos diversos y porque son conocidos en procedimientos con objetivos completamente distintos”.

“Esta Corte estima que no cabe más que confirmar la resolución en alzada, al no haberse acreditado las causales de sobreseimiento definitivo y temporal invocadas por la defensa del imputado don Osvaldo Delgado Quevedo, sin costas del recurso, por haberse alzado con motivo plausible”, puntualiza el fallo.