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Senadora Allende: “El estado debe permitir el autocultivo de cannabis para consumo personal, espiritual o terapéutico”
Senadora Allende: “El estado debe permitir el autocultivo de cannabis para consumo personal, espiritual o terapéutico”
"Es importante legislar en torno al respecto y reguardo de los derechos fundamentales, por lo que debemos ponernos a la altura de una sociedad moderna e inclusiva", agregó la segunda autoridad del país.
Equipo El QueHa... >
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Una
moción a la ley 20.000 sobre drogas, que permite y autoriza el
autocultivo de marihuana para consumo personal, terapéutico o
espiritual, presentó la presidenta del senado, Isabel Allende,
con el apoyo y patrocinio de los senadores del partido socialista, Fulvio Rossi, Alfonso de Urresti, Carlos Montes y Juan Pablo Letelier, quienes expresaron que es fundamental avanzar en este
tema "tan transversal en nuestra sociedad”, y que "es
importante legislar en torno al respecto y reguardo de los derechos
fundamentales, por lo que debemos ponernos a la altura de una
sociedad moderna e inclusiva", dijo la segunda autoridad del
país.
Según
lo detallado por la Senadora Allende, con la aprobación de este
proyecto de ley “se permitirá, autorizar y admitir el
autocultivo a pequeña escala de la planta vegetal del género
Cannabis, garantizando el desarrollo del individuo en su espacio de
libertad personal, espacio reconocido y amparado por el ordenamiento
jurídico nacional e internacional", detalla el escrito
ingresado en el Senado.
Además,
la parlamentaria de la Región de Atacama explicó que con la aprobación
de esta moción "no será constitutivo de delito, el
autocultivo, cosecha, porte y/o consumo de plantas vegetales del
género cannabis, cuando sea estrictamente a escala individual, no
pudiendo exceder de las tres plantas florecidas por inmueble, y
tengan como fin el consumo personal".
Otro
antecedente destacado por la Presidenta del Senado, fue que dicha
plantación se deberá informar al Servicio Agrícola y Ganadero,
donde se consignará la ubicación del inmueble en el cual se
producirá el autocultivo, el nombre del propietario, arrendador o
tenedor de dicho inmueble, el número de plantas cultivadas, los
responsables de su tenencia y cuidado, y las razones que justifican
el autocultivo.
Allende agregó se sancionará con las penas establecidas en el art. 10° de esta ley, "el que venda, comercialice, entregue, ceda o transe las plantas vegetales del género cannnabis, sus rastrojos, fluorescencias o semillas, a un tercero ajeno a las razones invocadas para el consumo”, puntualizó la segunda autoridad del país.
La Presidenta del Senado destacó que esta iniciativa busca respetar los derechos fundamentales, en especial la libertad de conciencia, la libertad individual y la inviolabilidad del hogar.