Senadora Allende: “El estado debe permitir el autocultivo de cannabis para consumo personal, espiritual o terapéutico” 

Senadora Allende: “El estado debe permitir el autocultivo de cannabis para consumo personal, espiritual o terapéutico” 

25 Julio 2014

"Es importante legislar en torno al respecto y reguardo de los derechos fundamentales, por lo que debemos ponernos a la altura de una sociedad moderna e inclusiva", agregó la segunda autoridad del país.

Equipo El QueHa... >
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Una moción a la ley 20.000 sobre drogas, que permite y autoriza el autocultivo de marihuana para consumo personal, terapéutico o espiritual, presentó la presidenta del senado, Isabel Allende, con el apoyo y patrocinio de los senadores del partido socialista, Fulvio Rossi, Alfonso de Urresti, Carlos Montes y Juan Pablo Letelier, quienes expresaron que es fundamental avanzar en este tema "tan transversal en nuestra sociedad”, y que "es importante legislar en torno al respecto y reguardo de los derechos fundamentales, por lo que debemos ponernos a la altura de una sociedad moderna e inclusiva", dijo la segunda autoridad del país.

Según lo detallado por la Senadora Allende, con la aprobación de este proyecto de ley “se permitirá, autorizar y admitir el autocultivo a pequeña escala de la planta vegetal del género Cannabis, garantizando el desarrollo del individuo en su espacio de libertad personal, espacio reconocido y amparado por el ordenamiento jurídico nacional e internacional", detalla el escrito ingresado en el Senado.

Además, la parlamentaria de la Región de Atacama explicó que con la aprobación de esta moción "no será constitutivo de delito, el autocultivo, cosecha, porte y/o consumo de plantas vegetales del género cannabis, cuando sea estrictamente a escala individual, no pudiendo exceder de las tres plantas florecidas por inmueble, y tengan como fin el consumo personal".

Otro antecedente destacado por la Presidenta del Senado, fue que dicha plantación se deberá informar al Servicio Agrícola y Ganadero, donde se consignará la ubicación del inmueble en el cual se producirá el autocultivo, el nombre del propietario, arrendador o tenedor de dicho inmueble, el número de plantas cultivadas, los responsables de su tenencia y cuidado, y las razones que justifican el autocultivo.

Allende agregó se sancionará con las penas establecidas en el art. 10° de esta ley, "el que venda, comercialice, entregue, ceda o transe las plantas vegetales del género cannnabis, sus rastrojos, fluorescencias o semillas, a un tercero ajeno a las razones invocadas para el consumo”, puntualizó la segunda autoridad del país.

 La Presidenta del Senado destacó que esta iniciativa busca respetar los derechos fundamentales, en especial la libertad de conciencia, la libertad individual y la inviolabilidad del hogar.

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