Corte de Copiapó dejó sin efecto resolución de Intendencia y no expulsó a ciudadano Colombiano

Corte de Copiapó dejó sin efecto resolución de Intendencia y no expulsó a ciudadano Colombiano

04 Noviembre 2017

La resolución que se impugnó no dio cuenta de haberse tramitado un proceso administrativo en que el amparado hubiere tenido a lo menos el derecho a ser oído y a presentar las pruebas del caso, lo que implica "una grave vulneración al debido proceso".

Equipo El QueHa... >
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La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió el recurso de amparo presentado por la Oficina de Migración del Obispado de la Movilidad Social, en favor de Lisandro Riascos Bonilla, y dejó sin efecto la resolución de la Intendencia Regional de Atacama que ordenó la expulsión del país del ciudadano colombiano.

En fallo unánime la Primera Sala del Tribunal de Alzada, integrada por los ministros Francisco Sandoval, Mirta Lagos y el abogado Mario Maturana, acogió el amparo, tras establecer que la recurrida tras presentar una denuncia ante la Fiscalía Local por ingreso ilegal al país de Riascos Bonilla, se desistió “por lo que el amparado no ha sido juzgado legalmente por su conducta y, consecuentemente, no ha sufrido pena alguna”.

Así mismo agrega que “(…) no puede dejar de advertirse que la resolución que se impugna por la presente vía no da cuenta de haberse tramitado un proceso administrativo en que el amparado hubiere tenido a lo menos el derecho a ser oído y a presentar las pruebas que estimare del caso, lo que implica una grave vulneración al debido proceso, derecho que rige transversalmente tanto en sede jurisdiccional como administrativa”.

La resolución añade que “al proceder del modo indicado en los considerandos precedentes, la resolución recurrida ha provocado perturbación o amenaza al derecho del amparado a su libertad personal”.

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