Copiapó: Tres integrantes de una familia fueron condenados por tráfico de droga

09 Febrero 2015
Fiscal jefe de esta comuna, Gabriel Meza Peña, presentó los antecedentes del caso ante los Jueces del Tribunal Oral con lo cual se logró desbaratar un punto de venta de pasta base en la ciudad.
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Tres integrantes de una familia copiapina, además de una cuarta persona, fueron condenados luego de una investigación desarrollada por la Fiscalía de Atacama. Esto a raíz de antecedentes que daban cuenta del delito de tráfico de droga a que se dedicaban.

Los antecedentes de esta causa fueron expuestos ante los Jueces del Tribunal Oral por el fiscal jefe de Copiapó, Gabriel Meza Peña, quien indicó que una vez que se corroboró la información respecto del ilícito actuar de estas personas efectivos del OS-7 de Carabineros concretaron un procedimiento mientras los cuatro condenados se movilizaban en un vehículo particular en el sector alto de la ciudad.

En el juicio por esta causa el fiscal Meza expuso cada uno de los medios de prueba reunidos en esta investigación. Dando a conocer que en el procedimiento policial llevado a cabo se logró la incautación de un kilo y doce gramos de pasta base de cocaína, droga que tenía como destino a consumidores de la ciudad.

En la audiencia el fiscal se refirió a la participación de cada uno de los detenidos a través de testimonios de peritos y la entrega de los antecedentes que se reunieron durante la etapa investigativa de la causa, con lo cual se logró sustentar la acusación y acreditar la responsabilidad de todos los detenidos en la comisión del delito de tráfico de drogas.

De esta manera la Fiscalía consiguió que se condenara a Fany Olmos Godoy, Javier Farías Villanueva y Araceli González Olmos, quienes deberán cumplir cada uno la pena de cinco años y un día de presidio efectivo además del pago de una multa de cuarenta Unidades Tributarias Mensuales; mientras que un cuarto condenado, Jorge Valdivia Carmona, fue sentenciado a la pena de tres años y un día de presidio a quien el Tribunal sustituyó la pena impuesta por la de libertad vigilada intensiva debiendo presentarse ante Gendarmería y someterse a un plan de intervención individual y cumplir con la obligación de mantenerse en su domicilio durante un lapso continuo de ocho horas diarias.

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