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¡Ya no será el 10%! No olvide el cambio en la emisión de boletas de honorarios para el 2020

27 Diciembre 2019

Tanto para el sistema electrónico como en papel, es muy importante estar al tanto de la modificación en el cálculo de la retención de impuestos, que busca aumentar recursos para seguridad social.

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Ya sea que usted emita sus boletas en el portal del Servicio de Impuestos Internos o que un tercero las emita por usted, tendrá que considerar el cálculo automático de la nueva retención que se ha dispuesto a partir del 1 de enero de 2020, que pasará del 10% al 10,75%.

Para contextualizar esta medida, el 02 de febrero del 2019 el Diario Oficial publica la ley N°21.133. Esta ley incorpora a través de este mecanismo obligatorio y tambien gradual, a todos aquellos trabajadores a honorarios a los regímenes de protección social, generando así la posibilidad de acceder a los beneficios de la seguridad social.  Este aumento en la retención tiene como objetivo principal que existan los recursos necesarios para dichas cotizaciones. La variación aumentará anualmente 0,75%, llegando así al 17% en el año 2028.

¿Cómo operará este nuevo cálculo de retención?

Por ejemplo si usted realizó un servicio por el que espera recibir liquido para su bolsillo, $250.000, la emisión de su boleta antes del 31 de diciembre de 2019, debe ser de $277.778 (Total honorarios), el cálculo de la retención será por el 10% equivalente a un monto de $27.778.

A partir del 01 de enero de 2020, el mismo servicio por el que usted espera recibir los $250.000 para su bolsillo, en la emisión de la boleta deberá aumentar el valor total de honorarios a $280.112, el cálculo de retención automático en el Servicio de Impuestos Internos será del 10.75% equivalente a un valor de $30.112.

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