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Realizan llamado a empleadores a respetar feriados irrenunciables de Fiestas Patrias

15 Septiembre 2015

El 18 y 19 de septiembre son días festivos que deben respetarse como descanso, mientras que el día 17 el comercio deberá cerrar sus puertas a las 21:00 horas

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La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Dissa Castellani, realizó un llamado a los empleadores de la región a respetar los días feriados irrenunciables y a tomar medidas para no interferir en la jornada de descanso de los trabajadores y trabajadoras, además informó que los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio.

El comercio debe estar cerrado desde el día 17 de septiembre a las 21:00 horas hasta el día 20 de septiembre a las 6:00 de la mañana. Creemos que es un descanso justo y razonable para que todas y todos los trabajadores chilenos puedan disfrutar en familia, por lo tanto el llamado es a respetar esta normativa y haremos las fiscalizaciones correspondientes en toda la región”, manifestó Dissa Castellani, Seremi del Trabajo y Previsión Social.

Si no respetan el cierre las empresas, se exponen a multas por cada uno de los trabajadores; las cuales van de los $200 mil a los $800 mil, pero lo importante es que se cumpla con la ley laboral y el justo descanso para nuestros trabajadores. Esperamos que las familias puedan compartir y disfrutar de estas celebraciones que resaltan nuestro folclor y costumbres”, agregó la Seremi Dissa Castellani.

Se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores que se desempeñan en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.

En caso de no cumplir, las infracciones a este descanso de feriado obligatorio e irrenunciable serán sancionadas con multas que van desde $221.200 hasta $884.800 por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el personal contratado por la empresa.

De 1 a 49, 5 UTM por cada trabajador afectado.

De 50 a 199, 10 UTM por cada trabajador afectado.

De 200 o más, 20 UTM por cada trabajador afectado. 

Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo. Exceptuándose, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños quienes pueden abrir durante ambos días feriados. 

En el caso del comercio que no cierra sus puertas en la víspera del feriado el día 17 de septiembre, las multas van de $442.430 hasta $2.654.580 por empresa.

De 10 UTM si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores.

De 40 UTM si la empresa tiene entre 50 y 199.

De 60 UTM si la empresa tiene 200 y más trabajadores.

Aguinaldos

Respecto de los aguinaldos, la Seremi Dissa Castellani indicó que, “que estamos entregando un aguinaldo dieciochero para 24 mil pensionados en la Región de Atacama, que equivale a $17.140 y que además vamos a pagar por carga de familia acreditada, al 31 de agosto de este año, un aumento adicional de $8.793. Esto se comenzó a pagar a partir del 1 de septiembre”.

Los trabajadores del sector público, también reciben un aguinaldo, dependiendo del tramo de remuneración. Mientras que en el caso del sector privado la autoridad sostuvo que “la ley no obliga el pago de aguinaldos a las empresas privadas, más bien es parte de una práctica voluntaria o convenida en contratos colectivos de trabajos. En nuestra región, siempre han mostrado especial interés por compartir con sus trabajadores en estas celebraciones, con actividades deportivas y recreativas que rescatan nuestras tradiciones”.

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